Cuando el Ejecutivo envió al Congreso el proyecto de la reforma fiscal, fue evidente que el turismo era ignorado y que incluso sería afectado, situación que en alguna medida se está remediando mediante una negociación con la Secretaría de Hacienda (SHCP).
En el diseño de estos cambios legales han participado Miguel Messmacher, subsecretario de Ingresos; el Consejo Nacional Empresarial Turístico y algunos senadores, como el panista Carlos Mendoza.
Tal y como se adelantó aquí, será a través del reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y de un decreto como se evitará impactar negativamente la comercialización de los tiempos compartido, pues originalmente se pretendía que la empresa pagara todos los impuestos en el año de la venta cuando ésta recibiría el dinero en plazos.
Además de que se mantendrá el estímulo al turismo de negocios, vía un estímulo fiscal por la totalidad del IVA en congresos, convenciones, ferias y exposiciones cuando los asistentes sean extranjeros.
Por lo que se refiere al reglamento a la LISR, la redacción del artículo XI incluye los siguientes elementos:
Respecto al artículo 17, referente a esta actividad, los contribuyentes que ofrezcan el servicio de tiempo compartido podrán optar por considerar el precio como ingreso obtenido en el ejercicio de la venta o sólo la parte exigible durante el mismo.
Quienes hayan optado por una de estas dos modalidades la podrá cambiar una sola vez en un periodo de cinco años.
De forma congruente, sólo deducirán los costos de la venta, de forma proporcional.
Se podrá hacer el cambio en el periodo de los cinco años referidos si la empresa de tiempos compartidos se fusiona o si los socios enajenan acciones por al menos 25% del capital.
Sobre la tasa cero de IVA para extranjeros que participen en congresos y convenciones organizados en México, el presidente Enrique Peña firmará un decreto que reconoce al turismo de negocios como una fuente importante de desarrollo económico.
El decreto asume que eliminar la carga fiscal a extranjeros apoya al turismo de negocios y que para ello se requiere otorgar un estímulo a las empresas hoteleras, centros de convenciones y a los organizadores de estos eventos.
Finalmente refiere que el estímulo fiscal será de 100% del IVA que debe pagarse por la prestación de los servicios que involucran los congresos y convenciones, en el caso de los extranjeros.
Finalmente pone como candados que las empresas beneficiadas estén registradas ante el Sistema de Administración Tributaria, que hayan recibido el pago con tarjetas emitidas en el extranjero y que se conserve una serie de documentos.
Aunque las reglas de operación siempre serán perfectibles, Hacienda reconoció en estos dos casos la importancia del turismo.