Invita Profeco a acción colectiva contra Interjet

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La aerolínea ofrece otro vuelo con un valor menor.
 
Redacción
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La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) invitó a los pasajeros afectados por las cancelaciones de Interjet a sumarse a una acción colectiva

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) invitó a los pasajeros afectados por las cancelaciones de Interjet a sumarse a una acción colectiva en contra de la aerolínea. 



Luego de que la aerolínea cancelara por segunda vez en menos de un mes todos sus vuelos, la Profeco emitió un boletín para los consumidores afectados por esta acción. En la primera ocasión, Interjet suspendió todos los vuelos programados para los días 1 y 2 de noviembre, dejando en tierra a tres mil 300 pasajeros. 

En esta ocasión, Interjet canceló 62 vuelos, afectando a tres mil 756 pasajeros

Para los pasajeros que deseen unirse a la acción colectiva en contra de Interjet, la Profeco señaló que requieren la siguiente documentación: 

Formato de consentimiento expreso, ya sea para presentación física o presentación electrónica.

Formato de datos personales

Relatoría de hechos, que es un escrito libre firmado por el consumidor afectado. 

Documentos con los que se acredite la relación de consumo

Cualquier otro documento relacionado a la afectación. 

Es posible revisar lo que solicita la Profeco en este link. 

En lo que va de 2020, Profeco tiene registradas mil 542 quejas en contra de Interjet, de las cuales 904 se encuentran en trámite. 

Asimismo, la Procuraduría recordó que los pasajeros afectados por las cancelaciones tienen derecho a exigir que se reintegre el precio del boleto; a recibir un transporte substituto en el primer vuelo disponible, así como acceso a llamadas telefónicas, alimentos, alojamiento y transporte desde y hacia el aeropuerto, y finalmente, a que se le transporte en la fecha posterior que convenga al mismo pasajero hacia el destino respecto del cual haya sido cancelado el vuelo. 

Además, la aerolínea deberá cubrir una indemnización al pasajero afectado que no sea inferior al 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje, pagada en un plazo máximo de diez días naturales posteriores a la reclamación.



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