A la falta de oferta turística accesible, se le suma la accesibilidad a servicios terciarios derivados de esta actividad, como lo son los seguros de viaje.
Las aseguradoras, cuyo objetivo es proteger la salud y la vida, bajo el marco jurídico mexicano están sujetas a proteger el bien tutelado de estos dos aspectos.
En este sentido, negar la autorización de un seguro es una violación de derechos humanos por la negativa a proteger un bien tutelado, explicó Cristóbal Sánchez, director general del Instituto Mexicano de Turismo y Accesibilidad.
Específicamente, para el tema de póliza para personas con discapacidad, Sánchez considera que uno de los errores de las aseguradoras es su percepción de la discapacidad.
“Las aseguradoras consideran que la discapacidad es una enfermedad, no la ven desde el modelo de derechos humanos que considera las barreras del entorno social y latitudinal”.
Al problema de poder acceder a una póliza hay que agregar que, en los términos de contrato, también debería considerarse también la protección de artefactos como sillas de ruedas y aparatos auditivos, entre otros.
La pérdida o rompimiento de objetos que son herramientas para que las personas con discapacidad gocen de independencia tampoco está considerada en el caso de maltrato de las aerolíneas o servicios turísticos.
Aunque las aseguradoras no cuentan con pólizas específicas para personas con discapacidad, Sánchez advierte que dentro de los formularios para acceder a un seguro sí es necesario especificar si se vive con una discapacidad.
En su experiencia, el director general del Instituto Mexicano de Turismo y Accesibilidad comentó que hacer de conocimiento que se tiene una discapacidad deriva en un proceso de evaluación para determinar si se puede o no acceder a un seguro.
En marzo de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que negar una póliza de seguros a personas con discapacidad es una violación a los derechos humanos por parte de las aseguradoras.
Sin embargo, en el caso de la negación de un seguro, el solicitante debe abrir una demanda de amparo para acceder al servicio.
“La ley es muy clara pero, en el caso de seguros para personas con discapacidad, es necesario recurrir a este tipo de mecanismos jurisdiccionales para hacer valer tu derecho” finalizó Sánchez.
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